Lo que entró en vigor hoy y su alcance en subcontratación
Desde el 26 de abril de 2026, la jornada ordinaria máxima es de 42 horas semanales. La Ley 21.561 aplica a todos los trabajadores con contrato de trabajo subordinado y dependiente que operan en una faena, independiente de quién sea su empleador directo.
La segunda etapa de la Ley 21.561 es un hito que la mayoría de los equipos de RRHH tenía marcado. La pregunta menos frecuente es si los contratistas que operan en la faena de la empresa principal también cumplieron la rebaja.
La Ley 20.123, que regula el trabajo en régimen de subcontratación, establece un marco preciso sobre la responsabilidad de la empresa principal respecto de los trabajadores de sus contratistas. Ese marco no cambia con la Ley 21.561. Lo que cambia es el estándar de jornada que ahora aplica en la faena.
El marco legal de la empresa principal
El artículo 183-B del Código del Trabajo establece dos obligaciones de la empresa principal respecto de los trabajadores de sus contratistas:
- ▸Responsabilidad subsidiaria por las obligaciones laborales y previsionales que el contratista no cumpla respecto de sus trabajadores.
- ▸Obligación de adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores que laboran en su obra o faena, cualquiera sea su empleador.
La segunda obligación no es solo de seguridad y salud en el trabajo. El marco de la subcontratación interpreta esta obligación de vigilancia como extensiva al cumplimiento laboral general que ocurre en la faena.
🔍 Lo que esto significa en la práctica: La empresa principal no puede ser indiferente a si su contratista implementó o no la rebaja de jornada. Que el trabajador sea empleado del contratista no elimina el vínculo de responsabilidad que la ley establece respecto de lo que ocurre en la faena.
Vigilancia activa no es lo mismo que cláusula contractual
Es frecuente que los contratos de prestación de servicios incluyan una cláusula que establece que el contratista es responsable del cumplimiento de la normativa laboral vigente respecto de su personal.
Esa cláusula regula la relación entre las partes del contrato. No reemplaza la obligación de vigilancia que la ley le asigna a la empresa principal respecto de lo que efectivamente ocurre en la faena.
Empresas que asumen que la cláusula de cumplimiento en el contrato de servicios es suficiente evidencia de que el contratista cumple. No lo es. La obligación de vigilancia requiere verificación activa, no solo un acuerdo contractual.
La vigilancia activa implica que la empresa principal verifica, no solo que el contratista declara cumplir, sino que cuenta con la documentación que acredita ese cumplimiento.
La documentación que respalda el cumplimiento de las 42 horas
El Dictamen 253/21 de la Dirección del Trabajo fijó cómo debe implementarse la rebaja de jornada desde el 26 de abril de 2026. El contratista debe contar con una de estas dos situaciones documentadas:
- ▸Acuerdo escrito con los trabajadores que establezca la forma en que se distribuyen las 2 horas de rebaja. El acuerdo de 2024 (de 45 a 44 horas) no cubre esta etapa. Cada hito es autónomo.
- ▸Aplicación de la fórmula supletoria establecida por el Dictamen 253/21: 1 hora al término de la jornada en 2 días distintos (jornada de 5 días), o 50 minutos en 2 días más 20 minutos en un tercer día (jornada de 6 días). Siempre al cierre de la jornada diaria.
La empresa principal puede solicitar al contratista que acredite cuál de las dos situaciones aplica en su caso. Esa gestión forma parte de la verificación de cumplimiento en la faena.
¿Qué debe revisar tu empresa ahora?
El cumplimiento no debería ser una gestión de emergencia activada por una fiscalización. Tendría que ser parte del proceso habitual de administración de contratos.
¿Tu empresa tiene documentado el estado de cumplimiento de sus contratistas?
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