Subcontratación Ley 21.561 Abril 2026

Las 42 horas y la subcontratación: la obligación de vigilancia de la empresa principal.

La Ley 21.561 aplica a todos los trabajadores en una faena, incluidos los del contratista. El artículo 183-B establece qué debe verificar la empresa principal desde el 26 de abril de 2026.

Por José González · AuditMas · 26 de abril de 2026 · 6 min de lectura

Lo que entró en vigor hoy y su alcance en subcontratación

Desde el 26 de abril de 2026, la jornada ordinaria máxima es de 42 horas semanales. La Ley 21.561 aplica a todos los trabajadores con contrato de trabajo subordinado y dependiente que operan en una faena, independiente de quién sea su empleador directo.

La segunda etapa de la Ley 21.561 es un hito que la mayoría de los equipos de RRHH tenía marcado. La pregunta menos frecuente es si los contratistas que operan en la faena de la empresa principal también cumplieron la rebaja.

La Ley 20.123, que regula el trabajo en régimen de subcontratación, establece un marco preciso sobre la responsabilidad de la empresa principal respecto de los trabajadores de sus contratistas. Ese marco no cambia con la Ley 21.561. Lo que cambia es el estándar de jornada que ahora aplica en la faena.



Vigilancia activa no es lo mismo que cláusula contractual

Es frecuente que los contratos de prestación de servicios incluyan una cláusula que establece que el contratista es responsable del cumplimiento de la normativa laboral vigente respecto de su personal.

Esa cláusula regula la relación entre las partes del contrato. No reemplaza la obligación de vigilancia que la ley le asigna a la empresa principal respecto de lo que efectivamente ocurre en la faena.

Error frecuente en terreno

Empresas que asumen que la cláusula de cumplimiento en el contrato de servicios es suficiente evidencia de que el contratista cumple. No lo es. La obligación de vigilancia requiere verificación activa, no solo un acuerdo contractual.

La vigilancia activa implica que la empresa principal verifica, no solo que el contratista declara cumplir, sino que cuenta con la documentación que acredita ese cumplimiento.


La documentación que respalda el cumplimiento de las 42 horas

El Dictamen 253/21 de la Dirección del Trabajo fijó cómo debe implementarse la rebaja de jornada desde el 26 de abril de 2026. El contratista debe contar con una de estas dos situaciones documentadas:

La empresa principal puede solicitar al contratista que acredite cuál de las dos situaciones aplica en su caso. Esa gestión forma parte de la verificación de cumplimiento en la faena.


¿Qué debe revisar tu empresa ahora?

1 ¿Tienes identificados todos los contratistas que operan actualmente en tus faenas o instalaciones?
2 ¿Cada uno cuenta con el acuerdo escrito o con la fórmula supletoria documentada para la rebaja a 42 horas?
3 ¿Tu procedimiento de ingreso o renovación de contratistas incluye la verificación de cumplimiento de la jornada vigente?

El cumplimiento no debería ser una gestión de emergencia activada por una fiscalización. Tendría que ser parte del proceso habitual de administración de contratos.

¿Tu empresa tiene documentado el estado de cumplimiento de sus contratistas?

En AuditMas auditamos el cumplimiento laboral en regímenes de subcontratación. Revisamos la situación real en terreno y entregamos un informe con las brechas identificadas y las acciones que corresponden.